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Emma de Barcelona - Sinopsi

Índice de artículos

En el año 885 Wifredo fundó el monasterio de San Juan de Ter —posteriormente llamado San Juan de las Abadesas— con el objetivo de que fuera uno de los núcleos propulsores de la repoblación de las comarcas centrales de Cataluña.​ Emma fue destinada a este nuevo cenobio como abadesa, cargo certificado el año 887 con la consagración de la iglesia del monasterio. Mientras fue niña, sus acciones estuvieron guiadas por Wifredo y por la comunidad de canónigos que, probablemente, residía ya en el cenobio, con la tutela de Gotmar, obispo de Vich.​ Tras la muerte de su padre en 897 se encargó personalmente del gobierno del monasterio.

El primer documento escrito que acredita este dato es de 898. Identificada con su cargo y dotada de una visión y energía excepcionales, Emma cumplió con gran eficacia la misión que tenía encargada el monasterio. En el año 899 obtuvo un precepto de inmunidad y protección de parte del rey Carlos III el Simple,​ y en 906 consiguió una carta de protección del arzobispado de Narbona. Activó la repoblación del valle de San Juan, pero su acción llegó más allá en puntos estratégicos, hacia el Vallés y el Bergadá. Envió personal excedente del valle de San Juan, ya saturado, y tal vez también a gente que bajaba de las comarcas del alto Pirineo. Emma fue adquiriendo pequeñas o grandes propiedades con las que el monasterio llegó a tener un territorio equivalente al de un condado. Su soberanía era también parecida a la de un conde: por concesión de su padre sus dominios estaban exentos de toda interferencia de los condes vecinos, a los que se supo oponer con resistencia. Su labor repobladora está acreditada por más de cien documentos fechados entre 902 y 942, que atestiguan su actividad en tierras de Vallfogona, Llers, Seguríes y los valles de Lillet y Ribas. En 913 estableció los derechos jurisdiccionales del monasterio frente a sus súbditos y el conde Miró de Barcelona.​ Su acción no se limitó a realizar un trasvase mecánico de población. Con la construcción de iglesias, ponía en los nuevos pueblos una presencia espiritual y establecía elementos de cohesión. Consiguió de un concilio la corroboración de sus derechos sobre las parroquias situadas dentro de sus dominios. Entre las iglesias que fundó se encuentran las de la Roca del Vallès y l'Ametlla del Vallès. En el monasterio de San Juan estableció un scriptorium en el que se confeccionaban los libros litúrgicos con los que proveía a los nuevos templos. Detrás de la amplia actuación económica y política de Emma siempre hubo un espíritu cultivado y ferviente. El poder real Tras la muerte de Guifré, a fin de consolidar su herencia, Emma se dirigió a su señor, el rey francés.

En el 899 Carlos III, el Simple, en Tours-sur-Marne, otorgó un documento legal en el monasterio de San Joan, que la liberaba de la supeditación y las interferencias de cualquier poder laico en los asuntos de la abadía. Nuevas tierras y pueblos En ese periodo la Catalunya central era una zona desierta. Una de las misiones del monasterio de San Juan fue repoblar el área, y Emma se aplicó con extraordinaria energía, roturando tierras baldías y asignándolas a campesinos, con lo cual surgieron núcleos de población en el valle de San Joan y a otros lugares del Ripollès, el Conflent o el Berguedà. No limitarse a la gestión de los bienes fundacionales de la abadía sino que aumenta mucho el patrimonio, como lo demuestra el centenar de documentos de compra de tierras redactados durante su abadiato. Nuevas iglesias Emma contribuyó también a la organización eclesiástica de los nuevos territorios con la erección de numerosas iglesias, algunas muy alejadas de San Juan, como las de Aiguafreda y la Roca del Vallès. El escritorio del monasterio de San Joan suministraba los libros litúrgicos para aquellas iglesias. Durante su abadiato, Emma consiguió un número importante de privilegios que beneficiaban el monasterio: el 899 el rey franco Carlos el Simple extendía un privilegio de inmunidad y protección a favor del monasterio; el 906 el episcopado de la provincia eclesiástica de Narbona tomaba el cenobio y su patrimonio bajo su protección. El monasterio gozaba por tanto de inmunidad y jefe oficial del conde podía penetrar en sus tierras para hacer justicia o por exigir impuestos. Sabemos que Emma llevó a la práctica este precepto con la ayuda, en el interior de este dominio exento, de un tribunal de justicia formado por círculos profesionales del derecho y propietarios libres. El derecho del monasterio era respetado tanto a este nivel inferior que regulaba los contenciosos surgidos en el territorio, como en un nivel más superior, con la ayuda del tribunal de sus hermanos, los condes. A través de estos instrumentos, Emma protegió sus derechos señoriales sobre los hombres y mujeres y las propiedades de su jurisdicción. Emma estableció en el monasterio de San Joan un escritorio donde sabemos se confeccionaban los libros litúrgicos de que proveía las nuevas iglesias de la zona repoblada; disponía también de un núcleo de clérigos y sacerdotes, jueces y "saigs" que se encargaban de la redacción y creación de la documentación de archivo conservada. La autoridad y el prestigio de Emma se reflejan en los términos usados ​​en esta documentación, que la identifican como «venerable y religiosa».

La prosperidad de las tierras llevó a los hermanos de la abadesa, los condes Miró de Cerdanya i Sunyer de Barcelona, ​​a disputarle la propiedad sin éxito. Hay un documento del 913, sobre el juicio de Vallfogona, que confirma los derechos abaciales. El texto recoge el nombre de 504 habitantes de pueblos que -salvo la ciudad de Cavallera- declaran que las tierras que trabajaban les habían sido cedidas por la abadesa Emma y, por tanto, su dominio correspondía al monasterio de San Joan. En Barcelona, unos jardines del distrito del Ensanche llevan su nombre.

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